Frente al DNU del PEN de fecha 21 de mayo del corriente el Rector de la Universidad Nacional de Tucumán resuelve:

ARTÍCULO 1º .-Disponer la adhesión de la Universidad Nacional de Tucumán a las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional, en Acuerdo de Ministros, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N 0334-APN-PTE-2021 , de fecha 21 de mayo del 2021 para el período comprendido entre las 00:00 horas del día 22 de mayo del 2021 y las 24:00 horas del 30 de mayo del 2021 y desde las 00:00 horas del 05 de junio del 2021 hasta las 24:00 horas del día 06 de junio del 2021.

ARTÍCULO 2º .-Suspender durante el lapso indicado en el artículo precedente el dictado de clases bajo modalidad presencial en todas las dependencias académicas de la Universidad Nacional de Tucumán, las que deberán continuar su normal desarrollo en forma remota a través de plataformas virtuales.

ARTÍCULO 3º .-Las áreas administrativas y técnicas deberán suspender las actividades presenciales y llevar a cabo su prestación de servicios en modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, salvo en aquellos casos excepcionales en que los titulares a cargo de las mismas estimaren imprescindible la presencia física del personal, que en tal caso no podrá ser superior a tres (3) agentes por dependencia u organismo y en ningún caso podrán llevarse a cabo reuniones con personas ajenas a la institución.

ARTÍCULO 4º .-Exceptuar de las medidas preventivas dispuestas a las áreas de higiene, seguridad y obras y contratos, las que deberán mantener la actividad presencial necesaria para evitar la interrupción de los servicios en dichas dependencias, con horarios reducidos, rotación de personal y con estricta observancia de las medidas de prevención sanitaria contenidas en el «Protocolo de seguridad biológica para el desarrollo de actividades presenciales en la UNT» aprobado por Resolución COE N 91/2020.

ARTÍCULO 5º .-Los casos de personal que por estar comprendido en grupos de riesgo o por cualquier otro motivo debiera ser exceptuado de lo dispuesto en el artículo precedente se resolverán previa intervención de la Dirección General Universitaria de Salud.

ARTÍCULO 6º .-Hágase saber, circularícese a las Facultades y Escuelas de la Universidad Nacional de Tucumán y póngase oportunamente en conocimiento del H. Consejo Superior y de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo contratada por esta Casa de Estudios, a sus efectos.

Resolucion 635-2021 | VER